En cualquier caso de extinción de una relación laboral, sea despido o renuncia, el trabajador y su grupo familiar seguirán teniendo acceso a la cobertura de obra social por un periodo de 90 días (desde la fecha de despido o renuncia). El único requisito es que dicha relación laboral haya sido mayor a los 3 meses.
Esta es una de las principales dudas de las personas en relación de dependencia que, al ver cercana una finalización del vínculo laboral, se preguntan qué pasará con su obra social y si seguirán teniendo cobertura médica aún sin empleo.
¿Qué dice la Ley 23.660 o Ley de Obras Sociales?
La ley es clara al respecto, más precisamente la de Obras Sociales N° 23.660: “En caso de extinción del contrato de trabajo, los trabajadores que se hubieran desempeñado en forma continuada durante más de tres (3) meses mantendrán su calidad de beneficiarios durante un período de tres (3) meses, contados de su distracto, sin obligación de efectuar aportes”.
También hace mención a otras situaciones a considerar.
- En caso de suspensión de la relación laboral sin goce de sueldo, el trabajador tendrá derecho a los beneficios de su obra social por un periodo de 3 meses, luego de los cuales podrá seguir accediendo si paga los aportes por su cuenta;
- En caso de interrupción de la actividad laboral por causa de accidente o enfermedad, el trabajador continuará accediendo a su obra social mientras exista la relación laboral con el empleador;
- En caso de licencia sin goce de sueldo solicitada por el trabajador, éste podrá continuar recibiendo los servicios de la obra social si paga los aportes por su cuenta.
En todos los casos, los beneficios aplican tanto para el trabajador (titular del servicio) como para su grupo familiar directo: esposó/a, cónyuge o concubino/a, hijos solteros menores de 21 años, hijos solteros de hasta 25 años (inclusive) con estudios en curso, hijos con discapacidad de cualquier edad, entre otros. Aprendé cómo incluir a tus hijos y pareja en la obra social.
Hay que hacer una mención aparte a casos excepcionales en donde, por ejemplo, una persona decide cambiar su obra social y luego, antes de los 3 meses, es despedida. Siempre será la última obra social destinataria de los aportes la que deba brindar la cobertura médico-asistencial.
¿Y las prepagas, también me cubren 3 meses más después del despido o renuncia?
Si el trabajador contaba con un plan de medicina prepaga, también tendrá 3 meses de cobertura adicionales desde la fecha de extinción laboral. Dependiendo cuál sea la cuota de su plan y el valor de aportes, es probable que la prepaga te pase a un plan inferior.
¿La obra social dura el mismo tiempo si me echan o renuncio?
La ley de obras sociales habla de “extinción del contrato”, sin hacer diferencias entre despido y renuncia. Sea cual sea la causa de la consumación de la relación laboral, al trabajador le corresponden 90 días / 3 meses de beneficiario de su obra social.
Hay muchas obras sociales que, en casos donde el trabajador renunció a su empleo, no quieren cumplir con esta continuidad del servicio, por lo que es importante que el beneficiario tenga claros sus derechos. Siempre está la opción de presentar un reclamo a tu obra social por este u otros conflictos.
¿Qué pasa con la obra social si me quedo sin trabajo?
Para acceder a los 3 meses de cobertura médica posteriores a la finalización laboral, no debería ser necesario hacer ningún trámite (más allá de los correspondientes a los actos propios de la renuncia o despido).
En algunos casos, y hasta puede ser recomendación de la Superintendencia de Salud, se le puede solicitar al titular que presente una carta de despido (en este caso, redactada y firmada por el empleador) o de renuncia (en este caso, redactada y firmada por el empleado y con acuse de recibo del empleador); en este último caso, algunas obras sociales pueden tomar como válido el telegrama.
Una vez finalizados los 90 días posteriores a la fecha de renuncia o despido, los servicios van a inhabilitarse en forma automática, sin importar cuál sea tu obra social. ¿Qué opciones hay?
- Acceder al sistema de salud público;
- Acceder a un seguro por desempleo;
- Pagar una prepaga;
- Inscribirse en el monotributo para continuar con los aportes a una obra social.
La opción del seguro por desempleo
En caso de despido, el beneficiario podría solicitar adherirse al seguro de desempleo del gobierno nacional, mediante el cual se puede extender el beneficio de la obra social por hasta 12 meses.
Los únicos requisitos para acceder a este beneficio son: haber finalizado recientemente una relación laboral por despido injustificado y que el empleador haya realizado los aportes correspondientes. Además del beneficio de la obra social, la persona recibirá un pago mensual, asignaciones familiares y ayuda para la reinserción laboral.
El tiempo por el cual la persona recibirá estos beneficios dependerá de qué tan larga haya sido su última relación laboral, yendo desde los 2 hasta los 12 meses.
¿Cómo solicitar el seguro por desempleo? Debe hacerlo en oficinas del ANSES o RENATRE (con turno), llevando original y duplicado de: DNI, telegrama o carta documento de despido, firmada por empleador y certificada por escribano público o banco y últimos recibos 6 recibos de sueldo.
Hola! Si doy de baja el monotributo cuánto tiempo cubre la obra social ??
Hola Vilma, cubre 3 meses más después de la baja. Aquí más información de obra social y monotributo. Saludos!
Hola! ¿ Los docentes también estamos incluidos en los tres meses?
Muchas gracias!
Hola Camila, si, hay gremios que negocian otras condiciones, deberías consultar a tu gremio docente a ver si tienen 3 meses o algo mejor. Saludos!
Hola. Tengo pensado dejar de trabajar. Mí esposa está embarazada lo que me dificulte ingresar a otra prepaga. Es posible que la prepaga que tengo me rechace la continuidad?
Hola Lionel, no debería tener motivos para hacerlo, pero podés asegurarla solicitando una carta de intención o similar para quedarte más tranquilo. Saludos!
Muy útil la información, estoy pensando en renunciar y me aclararon varias cuestiones respecto a la continuidad de cobertura de obra social, gracias!
Buen día. Tengo OSDE y este mes dejaré de trabajar. Por ley podré tener 90 días más de cobertura de la obra social, pero no me quedó claro ¿quien paga durante ese tiempo? ¿La empresa? ¿Yo?
Hola Christian, va a ser igual que hasta ahora, es decir, si tus aportes cubren el 100% de Osde no vas a tener que pagar diferencia en esos tres meses, en cambio, si venís pagando una diferencia, vas a tener que seguir pagandola, a menos que consultes si pueden pasarte a un plan inferior que no tenga diferencia a pagar. Saludos!
Hola, me desvincule de la empresa el 30/11/2022 y quiero hacerme atender por mi ex obra Social OSDE, pero desapareci del registro y no me deja tomar turnos, que debo hacer y donde? Deje la inquietud al asesor de la obra social de la empresa pero aun no me responde. Ademas como puedo Continuar con la misma Obra Social, quizas en un plan de menor prestacion, pero con la antiguedad de casi 12 años anteriores Muchas gracias. Alejandro
Hola Alejandro, comunicate directamente con Osde, no con el asesor sino con el centro de atención al socio (acá más info). Consultá por tu situación a ver que te dicen. Para continuar con ellos vas a tener que pedirles un presupuesto y pagar de forma particualr, siendo una de las prepagas más caras del mercado. Saludos!
Hola ¿Cómo estas? Trabaje en relación de dependencia y hacia los aportes a la O. SOCIAL por recibo de sueldo. Finalizo la relacion laboral y tuve 3 meses de cobertura medica a cargo de la empresa por ley, y cuando terminaron los 3 meses me adheri en el monotributo a la misma Obra Social que tenía. La Obra Social me dice que deben darme de alta nuevamente, como afiliado nuevo, con ficha de ingreso, alta y declaración jurada de salud, en lugar de darme la continuidad en la Obra Social. Tuve la cobertura bajo relación de dependencia por mas de 20 años y mi dj de salud hoy sera diferente por los años. Puedo exigir que me den continuidad en lugar de nueva alta? Gracias
Hola Vanesa! Para lograr la continuidad tenés que asegurar la continuidad de aportes. Vamos con un ejemplo: si fecha de desvinculación laboral fue el 31/12/2022, tendrás cobertura por ley hasta el 31/3/2023. Si la afiliación al monotributo la hacés el 1/4/2023, los aportes de monotributo recién llegarán a la obra social el 1/7/2023. En ese ejemplo, no podrán asegurarte la continuidad de cobertura. Con el ejemplo anterior, tendrías que haber hecho la afiliación a monotributo antes del 31/12/2022 para poder gozar de la continuidad deseada. Esperamos se entienda. Saludos!
Hola! Muchas gracias por toda la información.
En mi caso, por mi trabajo anterior tenía OSDE pero renuncié y me gustaría saber si es necesario hacer algún trámite para aplicar a los 3 meses extra de cobertura.
Gracias,
Saludos!
Hola Juli, los 3 meses de cobertura después de terminar la relación laboral son por ley, sin necesidad de un trámite extra. Saludos!
La empresa tenía convenio con la obra social me desvincularon laboralmente y automáticamente me dieron la baja de la misma.la obra social aduce q es por el convenio q tenía la empresa en ese caso como debería actuar para seguir con la cobertura por 3 meses
Hola Jose, deberías hablar con la Superintendencia y Anses para poder revisar tu situación. Saludos!
Mi sra fue despedida sin causa alguna ellos alegan fin de relación laboral ,lo cual al día siguiente de haber Sido despedida ya había otra persona ocupando su cargo ,ella es paciente oncológica y además de haber Sido operada de cadera completa pero siguió trabajando , al finalizar la rehabilitación ,actualmente cobra fondo de desempleo pero la obra social actual ospedyc dice que solo es por tres meses nada la cobertura de la misma es así ? GracaiS por su atención
Hola Miguel, tu señora puede adherirse al seguro por desempleo del estado nacional y de esa forma extender por 12 meses la cobertura de obra social luego de ser despedida sin causa. Saludos!
Buenas tardes el sindicato tbien queda activo 90 días después de una renuncia?
Hola Lucrecia, eso depende de cada sindicato, deberías consultarlo con el tuyo. Saludos!
Ya van a ser casi 6 meses de que renuncie y en los hospitales todavía me figura que tengo obra social como puedo hacer para que ya no me figure
Porque me hacen problemas para atenderme y estoy embarazada
Hola Cynthia, podrías por ejemplo presentar tu estado de situación de aportes de Anses para comprobar que tu ex empleador ya no realiza aportes de obra social. Esperamos te sirva. Saludos!
Muchas gracias la información es clara y concisa.
Cómo hago para renunciar a esta obra social
Hola Adriana, te dejamos un enlace con el instructivo para darse de baja de una obra social. Saludos!
La información fue clara ..sólo que veo u bache en este caso ..cobra fondo por desempleo y continúa con la misma obra social ..termina el periodo del fondo de desempleo…consigue trabajo y pide a la patronal sigan los aportes en la misma obra social ..para tener continuidad ..pero le dicen ..que NO TIENE MAS OBRA SOCIAL porque los aporte impactan después de 3 meses …
Y la continuidad ? Como queda esto ?
Hola Roxanna, la continuidad se puede asegurar si presentas constancia de nueva relación laboral. Saludos!
Excelente gracias por la información 👌 muy buena y clara
Muchas gracias, ha sido de gran ayuda, con información clara y precisa…
Yo pgaba osde después de renunciar, cuando me di la baja no cubrió 90 días…pero yo pagaba??? Igual ni más ni menos
Hola Maria, si pagás la prepaga en forma particular, la misma se corta en el momento que dejás de pagar, independientemente de la fecha de renuncia. Saludos!
Buena información, es clara.